#Claves de la semana

Un jurado de Ourense condena sin atenuantes al autor confeso de homicidio a un hostelero

No aprecia atenuantes de drogadicción ni de confesión tardía, tal y como reclamaba la defensa, y la Fiscalía mantiene la petición de 12 años

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La defensa prevé recurrir para intentar que el TSXG sí aprecie que el delincuente era cocanoimáno y acabó confensando el crimen y pidiendo perdón.


Audiencia Provincial de Ourense

 
El tribunal del jurado ha declarado, por unanimidad, culpable de un delito de homicidio al autor confeso de matar a un hostelero en Ourense durante una discusión por dos gramos de cocaína, en un suceso ocurrido en febrero de 2020.

Las nueve personas que han conformado el jurado no han aceptado las atenuantes de drogadicción ni de confesión tardía, tal y como reclamaba la defensa en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Ourense.

ARREPENTIMIENTO
Durante la primera sesión del juicio celebrado este pasado lunes el acusado se declaró culpable, reconoció los hechos y aseguró estar "muy arrepentido", además de decir que "la víctima no merecía morir así".

A pesar de que él mismo aseguró ser el culpable, el jurado popular ha tenido acceso a las pruebas y ha determinado que, "después de la confesión del acusado, las testificales y las periciales presentadas" durante las sesiones judiciales, el acusado es responsable de un delito de homicidio.

Lo que para el jurado popular no ha quedado acreditado es el delito leve de hurto que solicitaba el Ministerio Fiscal por haberse llevado el teléfono móvil y las llaves del fallecido, así pues la Fiscalía ha retirado esa petición.

SIN ATENCIÓN A ATENUANTES
La defensa solicitaba dos atenuantes: confesión tardía y drogadicción. Sostiene que el encausado consumía en el momento de los hechos hasta seis gramos diarios de cocaína. El jurado popular no ha apreciado ninguno de los dos, que podrían reducir en dos años la petición de pena solicitada por Ministerio Público y la acusación particular, que es de 12 años.

Sí han aprobado por unanimidad la remisión condicional de la pena pero, según ha explicado Fiscalía, no se dan los requisitos para que se pueda aplicar, ya que la pena solicitada es mayor de cinco años y tampoco concurre una atenuante de drogadicción.

Con todo ello, Fiscalía ha mantenido su solicitud de 12 años de prisión y ha mantenido la responsabilidad civil, para lo cual determina que corresponde una cuantía de 20.000 euros para cada hija. La acusación particular se ha mostrado de acuerdo con el Ministerio Público en la solicitud de pena, pero no en la cuantía de responsabilidad civil, que ha fijado en 40.000 euros por hija.

"PERPLEJIDAD" DE LA DEFENSA
Por su parte, la defensa ha querido dejar constancia de su "perplejidad". Muestra su sorpresa por que no se aplicase el atenuante de confesión tardía, puesto que su cliente "colaboró en todo momento tanto en la posterior confesión como en los registros policiales".

De este modo, ha manifestado que esperará a la publicación de la sentencia para "valorar" si recurre al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Y ha resaltado que el acusado "está muy arrepentido por lo sucedido" y "por el dolor que ha causado".

El encausado está interno en la penitenciaría de Pereiro de Aguiar, en el módulo de desintoxicación, donde ha señalado su defensa que "esperarán para poder solicitar el tercer grado". Tras el veredicto del jurado, solo queda la publicación de la sentencia.

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